Tema
5. “Educación y protección del consumidor”
5.1. Introducción
El papel de consumidores afecta a todas las personas que
habitan en sociedades desarrolladas, con independencia de
la edad, del sexo, de la posición etc. Configura un
estilo de entender la vida, ya que todos aspiramos a adquirir
aquellos bienes y servicios que nos permitan satisfacer nuestras
necesidades.
A lo largo de la historia, hemos pasado desde una producción
de autoconsumo, en la que los individuos producían
lo necesario para su supervivencia así como la de sus
familias, a la producción de la época industrial
actual, en la cual ésta es comercializada para un mercado
impersonal y anónimo, guiado por motivaciones económicas
y estimulado por la publicidad.
Para que el producto llegue en óptimas condiciones
de calidad y seguridad al consumidor, muchos productos se
deben transformar y envasar, lo cual difículta su reconocimiento
exterior. Por eso, aparece la necesidad del etiquetado.
La demanda del consumidor es un factor muy variable en el
cual se puede influir. El consumidor tiene que tomar conciencia
sobre sus decisiones, tanto en la valoración de sus
necesidades como en la influencia que la ley de oferta y demanda
puede ejercer en el consumo.
En este aspecto, la Educación del Consumidor
tiene una gran importancia. Para su estudio empezaremos diferenciando
los términos de:
Nivel de vida, que se puede definir como
la expresion de la acumulacion y posesion de bienes y recursos,
y
Calidad de vida, que consiste en el uso y
disfrute de bienes y recursos y que va encaminado al logro
del bienestar y la salud.
Por ello, es imprescindible la toma de decisiones correctas
en materia de consumo en general y, en nuestro caso, del consumo
de alimentos.
Las modas alimentarias, las costumbres, las creencias y la
publicidad influyen en nuestra manera de consumir alimentos,
pudiendo hacer que nos desviemos de una alimentación
saludable.
A la hora de comprar, el consumidor debe tomar decisiones
libres y responsables, sobre todo si se trata de la compra
de alimentos, ya que estos repercuten en la salud de manera
positiva o negativa.
Según este planteamiento, un objetivo docente sería
enseñar a comprar para que el alumnado aprenda a elegir
con conocimiento de causa.
5.1.1. Objetivos específicos
(6-12 años)
Conocer el significado de los terminos utilizados en las
etiquetas
Comprender los mecanismos de la compra
Identificar los diferentes tipos de establecimientos donde
se venden alimentos
Evaluar en los anuncios la informacion del contenido publicitario
(12-16 años)
Leer e interpretar la informacion de las etiquetas en funcion
de la normativa establecida.
Planificar una compra atendiendo a criterios nutricionales
y presupuestarios.
Rechazar aquellos productos que no se ajusten a la normativa
como medida de seguridad.
Conocer los mecanismos que emplea la publicidad, en relacion
a la alimentacion.
5.2. Educacion del consumidor.
La educación del consumidor pretende modificar el
comportamiento del mismo, enseñándole a comprar,
usar y disponer de bienes y servicios para la satisfacción
de sus necesidades, haciendo especial énfasis sobre
sus derechos y deberes.
Trata de lograr que los ciudadanos:
- Desarrollen formas de pensar, sentir y actuar que les
permitan funcionar como clientes y consumidores responsables
e informados.
- Puedan prever riesgos y adquirir formas de vida mas saludables,
mas racionales e integradas en una comunidad que tenga una
participacion activa.
En este nuevo concepto de consumo intervienen una serie
de circunstancias como:
- Planificacion de compras y presupuestos.
- Busqueda y uso de informacion.
- Comparacion de marcas.
- Verificacion de la calidad y utilidad de las prestaciones.
- Incremento de la capacidad adquisitiva, etc.
En este contexto, se puede actuar de dos formas:
- Mediante formacion directa del consumidor
- Mediante formacion de formadores de consumidores.
En el primer caso, hay que formar al consumidor en la deteccion
y valoracion de necesidades, obtencion de informacion y toma
de decisiones.
En el segundo caso, la formación se dirigirá
a los docentes, a los padres y a los medios de comunicación.
En ambos casos, las indicaciones pedagógicas
serán:
Teórico-informativas:
Dando nociones sobre necesidad de consumo e intercambio economico.
Ensenando patrones de compra a los consumidores.
Advertir sobre la influencia de la publicidad a ninos y adolescentes.
Pedagógico-prácticas:
Programas educativos escolares o programas familiares.
En la educación del consumidor hay que actuar desde:
la familia, la escuela, la influencia del grupo de amigos
y la influencia de los medios de comunicación.
1. Desde la familia:
Ésta influye directamente en el comportamiento consumidor
del niño en las siguientes situaciones:
Cuando los niños hacen peticiones de compra. En estos
casos habra que negociar con ellos y explicar la conveniencia
o no de la compra. Esta situacion se da sobre todo con los
juguetes, con la ropa infantil y juvenil y con los alimentos.
Permitir a los ninos participar en las compras, hablando con
ellos sobre los productos y las razones de las mismas
Dar dinero a los ninos, bien en forma de paga periodica, o
bien cuando lo necesiten, hablando con ellos sobre la utilidad
de las compras a realizar, asi como una comparacion de precios.
Dar dinero a los ninos para hacer los recados. En este caso,
se le debe orientar al nino en la consulta de etiqueta, asi
como ser capaz de decidir sobre la caducidad de los productos
a comprar.
2. Desde la escuela:
En educación primaria, los niños son capaces
de comprender conceptos básicos de consumo que servirán
para un mejor comportamiento consumidor.
Es conveniente que en la educación secundaria se sigan
ampliando los contenidos (conceptos, procedimientos y actitudes)
sobre consumo. Estas enseñanzas deben continuar después
de la E.S.O, tanto en el bachillerato como en la formación
profesional. Esto puede hacerse tratando el consumo como tema
transversal (Educación del Consumidor), que afecta
a todas las materias del curriculum, o incluyendo asignaturas
optativas tales como Talleres de consumo. De esta manera,
mediante un proceso continuo de enseñanza y mediante
unos programas adecuados a cada edad, los niños, los
adolescentes y los jóvenes estarán capacitados
para tomar decisiones responsables en sus actuaciones como
consumidores.
3. Desde la influencia del grupo, de los amigos o
de la “tribu”:
Actualmente, los amigos y compañeros (grupo de los
“iguales”) constituyen una fuente de valores,
un punto de referencia con el que compararse y un modelo a
imitar, lo cual explica la presencia en niños y adolescentes
de una serie de deseos, influenciados por los valores y modelos
del grupo. Es ésta una forma de consumo típica
infantil y adolescente. Surge con más fuerza entre
los once y los trece años, cuando el niño empieza
a tener una actividad económica más autónoma,
manifestándose sobre todo en la compra de prendas de
vestir, de golosinas y de chucherías. Esta influencia
aumenta en la adolescencia y se mantiene aún unos años
después.
Investigaciones como la de Moore, señalan que entre
los diez y diecisiete años, la televisión (TV)
y, sobre todo, los amigos, son las principales fuentes de
información y de formación para el consumo.
La publicidad diseña y difunde modelos de consumo específicos
para estas edades que los propios adolescentes se encargan
de extender.
4. Desde los medios de comunicación:
Los medios de comunicación, y en especial la TV, ejercen
una poderosa influencia en nuestra sociedad. Concretamente
la TV, a través de la publicidad, incide en el comportamiento
consumidor de los niños y de los adolescentes, siendo
ellos los que presionan a los padres en el momento de la compra
de ciertos alimentos. En muchas ocasiones los niños
sólo quieren consumir un producto de una marca determinada
por criterios que no tiene nada que ver con la calidad nutritiva
del producto, como son los regalos de cromos, pegatinas, premios,
etc., así como por las formas y el color de los envases
que han visto en TV.
5.3. Proteccion del consumidor
La Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.(Ley
26/84, de 19 de julio) se promulgó para formar e informar
a los consumidores, concienciarles de sus derechos y facilitarles
el ejercicio de los mismos. Por esta Ley se definen también
las competencias del Instituto Nacional del Consumo que ejerce
las funciones de promoción y fomento de los derechos
de los consumidores y usuarios
Los derechos básicos recogidos en esta ley son:
- La proteccion contra los riesgos que pueden afectar a
su salud y seguridad.
- La proteccion de sus intereses economicos y sociales.
- La indemnizacion o reparacion de danos y perjuicios sufridos.
- La informacion correcta sobre los diferentes productos
o servicios y la educacion o divulgacion para facilitar
el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
- La audiencia en consulta y representacion de sus intereses
a traves de las asociaciones, agrupaciones o confederaciones
de consumidores y usuarios.
- La proteccion juridica ante situaciones de inferioridad,
subordinariedad e indefension.
A través de esta ley, reconociendo uno de los derechos
básicos de los consumidores, se facilita la creación
de asociaciones, agrupaciones y confederaciones de consumidores,
así como las OMICS (Oficinas Municipales de Información
al Consumidor), las cuales realizan una serie de actuaciones
entre las que se encuentran:
- Informar al consumidor a traves de medios de comunicacion,
publicaciones, folletos divulgativos etc.
- Formar al consumidor mediante cursos, jornadas, charlas
en centros escolares, talleres etc.
- Conseguir la defensa del consumidor mediante gabinetes
de asesoramiento juridico, juntas de conciliacion y arbitraje.
- Representar los intereses de los consumidores a traves
de juntas de precios, comites consultivos.
- Ejercer el derecho de consulta a traves de sus asociaciones
planteando cuestiones a los consumidores sobre nuevas normativas
y legislacion a establecer.
A iniciativa de la Unión Europea surgió el
decálogo del consumidor.(Ver Ficha1)
Ficha 1
DECÁLOGO DEL CONSUMIDOR
CAMPAÑA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA |
- EXIGE INFORMACIÓN, SEGURIDAD E
HIGIENE EN LOS ALIMENTOS FRESCOS Y ENVASADOS QUE
VAYAS A CONSUMIR.
- COMPRA PRODUCTOS ETIQUETADOS: LA
ETIQUETA ES UNA GARANTÍA DE SEGURIDAD.
- NO ADQUIERAS PRODUCTOS QUE HAYAN
REBASADO SU FECHA DE CADUCIDAD O DE CONSUMO PREFERENTE.
- COMPRA AQUELLOS ALIMENTOS EN LOS
QUE TE GARANTICEN UNA IDENTIFICACIÓN Y UN CONTROL
DESDE SU ORIGEN.
- AL COMPRAR PRODUCTOS CONGELADOS
ASEGÚRATE DE QUE NO SE HA ROTO LA CADENA DEL FRÍO.
- EVITA LAS CONTAMINACIONES: PROTEGE
LOS ALIMENTOS CON PAPEL DE USO ALIMENTARIO. ES IMPRESCINDIBLE
SEPARAR LOS CRUDOS DE LOS COCINADOS.
- LOS ADITIVOS ALIMENTARIOS AUTORIZADOS
POR LA UNIÓN EUROPEA CUMPLEN LOS REQUISITOS DE SEGURIDAD
PARA UN USO Y CONSUMO DETERMINADOS.
- LOS ORGANISMOS MODIFICADOS GENETICAMENTE
IDENTIFICADOS Y ETIQUETADOS SEGÚN LA LEGISLACIÓN,
ESTÁN AUTORIZADOS POR LA UNIÓN EUROPEA.
- NO TE DEJES LLEVAR POR LAS ALEGACIONES
TERAPEÚTICAS, PREVENTIVAS O CURATIVAS DE ALGUNAS
MARCAS, SÓLO SON RECLAMOS PUBLICITARIOS.
- COMPRA EN ESTABLECIMIENTOS QUE
GARANTICEN UNA CORRECTA MANIPULACIÓN DE LOS ALIMENTOS,
TANTO EN SU PREPARACIÓN COMO EN SU CONSERVACIÓN.
|
5.4. Calidad y control
Al principio de la civilización, con la economía
de trueque existía una gran comunicación entre
el que producía y el que consumía, era fácil
saber por tanto cuales eran las necesidades a cubrir; conforme
las sociedades han ido evolucionando, dicha comunicación
se ha hecho casi imposible, por eso, ha sido necesario elaborar
unas especificaciones de calidad que les llegue a los consumidores
para describir las características de los productos,
sobre todo en lo que respecta a sus cualidades.
El concepto de calidad según el Diccionario de la
Real Academia Española de la Lengua (DRAE) es “la
manera de ser de las cosas”, según el Diccionario
de Uso del Español, de María Moliner, es “En
sentido amplio ......es equivalente a clase, cada uno de los
grupos que se hacen de cierta cosa por su grado de bondad
o maldad: ej. Las distintas clases de naranjas”.
O sea la calidad será el criterio a utilizar para
comparar atributos y características de los productos.
Además, se suele relacionar también con el coste,
los inconvenientes y los efectos secundarios que puede tener
el producto por la acción de su uso. Por eso se puede
concluir, que la calidad es un concepto en el que además
de reflejar el grado de satisfacción del consumidor,
se debe considerar también su coste.
Si para la elaboración de los productos hay que realizar
una serie de actividades, será preciso que se defina
una normativa de referencia para poder determinar esa calidad
en el producto final.
En definitiva, habrá que establecer un proceso de
control de calidad para establecer si los productos cumplen
unas determinadas normas, para ello habrá que definir
unas especificaciones de calidad y cuando se compruebe que
el producto de estudio está dentro de ellas se podrá
aprobar su distribución para el consumo, y determinar,
si no es así, una toma de decisiones para aquellos
productos que se aparten de lo establecido.
La Unión Europea, en lo que respecta a la libre circulación
de productos dentro ella, tiene previsto en el Acta Única
Europea, una armonización de la legislación
de sus estados miembros, teniendo presente:
- La proteccion del consumidor desde el punto de vista sanitario
y contra los fraudes.
- La proteccion de la economia de cada pais, cuando sus
practicas comerciales o de transformacion industrial no
son facilmente modificables.
- Respeto a la libre competencia.
5.5. Normas legislativas alimentarias
Los poderes públicos se han tenido que interesar
por las características sanitarias y económicas
de los productos en defensa de los consumidores, para evitar
el posible fraude. No obstante, la normativa puede llegar
a ser algo muy complejo, teniendo en cuenta que además
de una legislación nacional existe otra supraestatal
que deben ser compatibles.
Entre las diferentes normativas que podemos considerar está
el Codex alimentarius, de 1962, elaborado con carácter
consultivo por la FAO/OMS (Food and Agriculture Organization/
Organización Mundial de la Salud), incluye normativa
para alimentos elaborados, semielaborados y sin elaborar,
así como sobre materias primas para elaborar otros
alimentos. Contiene normativa acerca de higiene, calidad nutricional,
aditivos, contaminantes, etc.
En España, se elaboró en 1967 el Código
Alimentario Español (CAE), que entró en vigor
en 1974 y en él se recogen las normas básicas
sistematizadas sobre alimentos, condimentos, estimulantes,
bebidas y sus materias primas correspondientes. A partir de
este Código se han ido reglamentando las prácticas
higiénico-sanitarias de cualquier alimento, así
como de las instalaciones e industrias relacionadas con ellos.
Se llama normalización a la especificación
de los productos en cuanto a :
- Sus propias características.
- El embalaje,
- Proceso de elaboración y presentación
- Seguridad
- Distribución, y
- Difusión publicitaria.
En España se aprobó en los años setenta
el decreto que regula la propia normalización, y a
partir de aquí se elaboró la normalización
de los diferentes productos. Por ejemplo, una norma para productos
agrarios incluye: definición del producto, características
mínimas a cumplir para poder ser comercializado, factores
que determinan la clasificación por categorías,
clasificación propiamente dicha (extra, I, II y III),
tolerancias respecto a calidades y calibres, marcado o etiquetado
(respecto a artículos vendidos u ofertados en España,
se deberán etiquetar obligatoriamente en castellano).
La normalizacion beneficia a la economia pues:
- Racionaliza los procesos productivos.
- Sirve para un entendimiento mas fluido entre productores
y consumidores.
- Simplifica mucho productos y procesos.
- Favorece la seguridad y la salud ya que a partir de una
normalizacion en muchos paises se establece una legislacion
vinculante.
- Favorece, en definitiva, los intereses de los consumidores.
- Facilita la libre circulacion de los productos.
En el RD 1614/1985 se define como normalizacion "la
actividad que aporta soluciones para aplicaciones repetitivas
que se desarrollan fundamentalmente, en el ambito de la ciencia,
la tecnologia y la economia, con el fin de conseguir una ordenacion
optima de un determinado contexto", y se define norma
como "la especificacion tecnica aprobada por una institucion
reconocida en actividades de normalizacion, para su aplicacion
repetida o continua, y cuya observancia no es obligatoria".
La norma espanola o Una Norma Espanola (UNE) es toda norma
aprobada bien por el Consejo Superior de Normalizacion (creado
en la decada de los ochenta), o bien por cualquier asociacion
privada creada en virtud de antedicho Real Decreto.
La normalizacion es certificable.
En la actualidad, existe un organismo privado llamado Asociación
Española de Normalización y Certificación
(AENOR). creado por Orden Ministerial del Ministerio de Industria
y Energía, en 1986, para la normalización y
certificación.
En lo que respecta a control de calidad de los alimentos,
se debe añadir que es preciso determinar tres tipos
de características:
Organolépticas, de carácter
a veces subjetivo, aunque se pueden establecer, de forma más
o menos estadística, criterios aportados por expertos
(ej. los catadores de vinos).
De Salubridad e Inocuidad, con el fin de
determinar cuando es apto un alimento para el consumo; son
características totalmente objetivas, pues se determinan
mediante analítica, examen microbiológico, etc.
Nutricionales, determinables mediante análisis
químico de su composición, sirviendo para determinar
si cubren las necesidades del organismo.
5.6. La compra de alimentos
A la hora de comprar alimentos, la elección de los
mismos está condicionada por diversos factores:
- De tipo economico
- Gustos
- Comodidad en el manejo
- Preparacion facil y sencilla
- Valor nutritivo
- Conservacion
- Publicidad
- Cercania y facil acceso al establecimiento
- Contribucion a una imagen corporal que responda a los
canones esteticos de moda.
- Alimentos que sean sanos y naturales
- Que intervengan en la promocion de la salud y en la proteccion
de la enfermedad.
Dentro del apartado de educación y protección
del consumidor es preciso subrayar que la compra debe ser
un acto meditado, debe efectuarse sin apresuramiento, y no
se debe dejar a la improvisación (compra equilibrada
frente a compra compulsiva). Por lo que es recomendable hacer
previamente una lista para adquirir los productos por este
orden:
- En función de las necesidades.
- En función de las características nutricionales
de los alimentos.
- En función del presupuesto familiar y de la relación
calidad/precio del producto.
Otro aspecto a considerar es la capacidad de almacenamiento
de la vivienda (tamaño del frigorífico, armarios,
despensa, etc.)
Elegido el establecimiento y con la lista de la compra se
considerará:
- Calidad/precio de los productos que se van a comprar,
dando preferencia, en lo posible, a los productos estacionales.
- Condiciones higienicas y conservacion de los alimentos.
(Ver la actividad denominada: La compra de alimentos en
distintos establecimientos).
- Presentacion de los mismos.
- Envase y proteccion del alimento. (Ver la actividad denominada:
Envasado).
- Manipulacion correcta de los productos e higiene de los
utensilios.
- Rechazo de productos perecederos sin fecha de caducidad
o no conservados en frio si asi lo requieren.
- Rechazo de las latas en mal estado.
- Tipo de envoltura: Rechazar los envueltos en papel no
adecuado, asi como en envases no especificos.
- Precios claramente expuestos a la vista del consumidor.
- Lectura del etiquetado.
- Comprobacion del ticket de compra.
- Comprobacion del cambio y conservacion del ticket, a
efectos de posible reclamacion.
En la elección del establecimiento para la compra
es importante tener en cuenta la higiene del mismo, la presentación
y ordenación de los productos, la higiene personal
de los dependientes en cuanto a ropa de trabajo y la forma
de manipular los alimentos
La compra puede hacerse en:
- Supermercados, hipermercados, centros comerciales o grandes
almacenes.
- Mercados de abastos y galerias de alimentacion.
- Tiendas especializadas de alimentos y tiendas tradicionales.
- Vendedores ambulantes, mercadillos y ventas a domicilio.
Como ejemplo, los motivos de elección del establecimiento,
según datos recogidos sobre los hábitos en el
comportamiento de compra en la provincia de Granada en 1998
(D.M. Frias, G. Maraver), podemos señalar las siguientes
conclusiones:
Los encuestados mencionaron como aspectos positivos la variedad
de productos, el precio y la cercanía; y como aspectos
negativos la lejanía y el precio.
La distancia y el precio son factores importantes en la elección
del tipo de establecimiento.
Cada tipo de establecimiento tendrá unos aspectos
positivos y otros negativos:
Grandes superficies:
Aspectos positivos: variedad, precio, búsqueda de
ofertas.
Aspectos negativos: lejanía y atención despersonalizada.
Comercio tradicional:
Aspectos positivos: cercanía, trato personalizado,
calidad
Aspectos negativos: son caros.
Mercado de abastos y mercadillo:
Aspectos positivos: variedad y precio.
Aspectos negativos: lejanía, calidad y el ambiente.
Según el tipo de establecimiento, pueden cambiar las
preferencias al considerar el tipo de alimento:
- Carne, pescado, fruta y verdura, alimentos que se buscan
en fresco, predominan las tiendas tradicionales y el mercado
de abastos, optandose por el barrio de residencia.
- Para el resto de los alimentos y bebidas los establecimientos
son los supermercados e hipermercados, siendo la situacion
del establecimiento tambien preferentemente el barrio, aunque
en este caso un 20% de los encuestados se desplaza en coche.
5.7. Etiquetado
La etiqueta es el instrumento de información al consumidor
sobre el producto. Incluye datos que pueden ser importantes
para su salud, por tanto, los consumidores deben habituarse
a leer las etiquetas en su propio beneficio.
Según la Norma General de Etiquetado,
presentación y publicidad de los productos alimenticios,
aprobada por R.D. 1.334 de 31 de julio de 1999 (BOE de 24
de agosto), que recoge las Directivas del Parlamento Europeo
y del Consejo de Europa 96/21/CE y 97/4/CE de 27 de enero,
se exige que el etiquetado:
- Vaya en el idioma oficial correspondiente para cada pais
de la C.E.
- No se introduzca error sobre las caracteristicas del
producto, especialmente su naturaleza, identidad, composicion,
duracion y origen.
- No se atribuyan efectos, propiedades curativas o terapeuticas
que no posea.
Prohibiciones que se aplican tanto para la presentación
de alimentos como para su publicidad.
En la etiqueta de un producto alimenticio debe constar; según
la norma anterior:
- La denominación de venta del producto, que indicará
el nombre del producto conte nido del envase y no la marca
exclusivamente.
Además, si el producto alimenticio ha sido tratado
con radiación ionizante, deberá llevar una
de las menciones siguientes: “irradiado” o “tratado
con radiación ionizante”.
- Lista de ingredientes, que indicará la relación
de los mismos, así como los aditivos que contenga
el producto enumerados por orden decreciente de cantidad.
Estos aditivos se denominarán con el nombre de la
categoría a la que pertenecen (según la función
que realizan): antioxidantes, espesantes, colorantes, edulcorantes...;
seguido de su nombre específico (ácido benzoico,
sulfito sódico...) o de su número C.E. (por
ejemplo, E 212, E 262...).
- La cantidad de determinados ingredientes o categorías
de los mismos siempre que:
- Figuren en la denominación de venta.
- Se destaquen en el etiquetado por medio de palabras,
imágenes o representación gráfica.
- Sean esenciales para definir un producto alimenticio
o distinguirlo de productos con los que pudiera confundirse.
- En el caso de las bebidas, cuando su contenido alcohólico
sea superior al 1,2 % en volumen, deberá figurar
en la etiqueta.
- La cantidad neta del producto, indicando:
- el peso en caso de solidos (neto y escurrido),
- el volumen si se trata de líquidos y
- el número de unidades para productos que se
comercialicen de esta forma.
- Fecha de caducidad o de duración mínima,
compuesta por la indicación clara y en orden del
día, mes y año. En este apartado es interesante
aclarar:
- Para productos alimenticios cuya duración sea
inferior a tres meses, bastará indicar el día
y el mes: “Consumir preferentemente antes del. 2
JUN ó 2-06”.
- Si su duracion es superior a tres meses, pero no sobrepasa
los dieciocho, bastara indicar el mes y el ano: "Consumir
preferentemente antes del fin de JUL-99 o 07-99."
- Si su duracion es superior a dieciocho meses, bastara
indicar el ano: "Consumir preferentemente antes del
fin de 99 o 2000."
- Para productos alimenticios que sean microbiologicamente
muy perecederos, que puedan suponer un peligro inmediato
para la salud humana, se indicara: "Fecha de caducidad....",
(dia, mes y, eventualmente el ano: 12-02-00).
- Si fuera preciso, estas indicaciones se completaran
con las referencias a las condiciones de conservacion
que deben observarse para asegurar la duracion indicada.
- Las condiciones especiales de conservación y utilización:
Indicando al consumidor cómo debe actuar sobre el
producto antes y después de abrirlo y dónde
debe conservarlo.
- El modo de empleo, cuando su indicación sea necesaria
para hacer un uso adecuado del producto alimenticio.
- Identificación de la empresa: Con el nombre, la
razón social o la denominación del fabricante
o el envasador, o de un vendedor establecido dentro de la
UE y, en todo caso el domicilio del mismo.
- El lote: Indicando la mención que permita identificar
la partida a la que pertenece el producto alimenticio.
- El lugar de origen o procedencia: Indicando UE o País
de procedencia (si éste no perteneciera a la UE).
- Productos con indicaciones obligatorias adicionales:
- Productos alimenticios fabricados a partir de organismos
modificados geneticamente.
- Productos alimenticios que contienen Aspartamo.
- Productos alimenticios a los que se han incorporado
polioles.
- Productos alimenticios envasados en atmosfera protectora
con utilizacion de gases de envasado.
Para productos sin envasar, que se venden a granel como frutas,
carnes, pescados, debe figurar la denominación de venta,
categoría de calidad, variedad y procedencia en una
etiqueta que estará visible en los puntos de venta
de estos productos.
Con el fin de mejorar la calidad de los alimentos, la elaboración
y comercialización de los mismos, así como perseguir
fraudes, potenciar la industria en la zona de producción
y, sobre todo, garantizar a los consumidores una calidad constante
y controlada, las Comunidades Autónomas, la Administración
Central y las asociaciones industriales han establecido programas
de desarrollo:
Denominaciones de Origen.
Denominación Geográfica.
Denominación de Calidad.
Denominaciones Específicas.
De este modo aparecen diferentes distintivos (etiquetas y
contraetiquetas) que permiten distinguir aquellos productos
pertenecientes a dichas denominaciones.
5.8. Publicidad
La publicidad es una comunicación con unos objetivos
comerciales. Su relación con el consumo es económica,
puesto que es un instrumento eficaz de manipulación
de la demanda.
Forma parte de un plan de marketing cuya misión es
que un producto, que ha pasado ya por las fases de producción,
distribución y comercialización, necesita ser
conocido por el posible consumidor.
Despierta unas necesidades básicas inherentes al ser
humano (tener, poseer, comer, aspirar a, etc.), las potencia
y motiva hasta el punto de generar insatisfacción si
dichas apetencias no son cubiertas.
A través de los hábitos de consumo la publicidad,
clasifica y estudia los gustos, pondera la proximidad al producto
y logra que con la aceptación del consumidor, éste
se sienta reafirmado frente a los demás.
También potencia las modas, ya que identifica y crea
las últimas tendencias (alimentos, música, ropa,
sociedad, vocabulario, etc.) y en base a ellas construye mensajes.
Una de las formas más conocidas de construir mensajes
es el método AIDA:
- Llama la Atención del receptor.
Provoca su Interés por el producto.
Despierta el Deseo por poseerlo.
Incita a la Acción de comprarlo.
Estas técnicas de persuasión comercial tienen
como finalidad, ante la abundante oferta de mercado (productos
o marcas), la decantación del consumidor por una marca
determinada.
La influencia publicitaria en el consumo de alimentos es
muy importante en la actualidad. Los anuncios nos presentan
determinados productos, que por las propiedades que se les
atribu yen, originan modas alimentarias. Esto hace que algunos
jóvenes demanden más productos de determinadas
marcas conocidas y que algunos adultos se basen en el prestigio
de la marca para comprarlos.
La publicidad y sobre todo la publicidad televisiva, modifica
las imágenes de los productos en función de
los intereses de la oferta.
Los niños son consumidores asiduos de TV pudiendo
llegar a la adicción. Además este hábito
influye no sólo en sus decisiones como consumidores,
sino también en la utilización de su tiempo
de ocio (escasa actividad física).
Efectos de la publicidad televisiva:
Los anuncios influyen en el aprendizaje consumidor del niño
y del adolescente, y de la población en general, de
manera que la publicidad:
- Capta la atencion mediante un ritmo rapido en los cambios
de planos del mensaje audiovisual.
- Actua en el sistema de relaciones sociales, mostrando
competitividad, triunfo economico, ostentacion etc.
- Provoca la persuasion frente a la racionalizacion.
- Impregna de contenido ludico y colorido los mensajes
con musica alegre y desenfadada.
- Algunos mensajes van dirigidos a los ninos con frases
del tipo: "dile a mama que..."
- Presenta los productos de forma impactante.
- Resalta el envase y la marca para que sean recordados.
- Se usa indebidamente el calificativo "saludable"
Los contenidos de los anuncios con este diseño producen:
curiosidad, imitación y tendencia a la exploración.
Los niños y adolescentes consideran la publicidad como
un entretenimiento, pero sin poder ejercer un control sobre
la misma.
En la Educación de Consumidores en edades infantiles
y adolescentes hay que enseñarles a :
Conocer, manejar y evaluar los trucos y los efectos de los
anuncios de la TV.
Desmitificar los anuncios.
Diferenciar la información objetiva de lo que es propiamente
publicidad dentro de un anuncio.
Para disminuir el efecto manipulador de la publicidad hay
que mantener una postura activa ante la recepción del
mensaje, esto es analizar, racionalizar y situar los mensajes.
- Que me quieren vender?
- Como me lo presentan?
- Que caracteristicas tiene el anuncio?
- A quien va dirigido?
- Que sentido tienen la musica y ambientacion?
- Que parte de lo que dice es informacion?
- Que parte es fantasia?
- Que otras cosas nos tratan de vender?
- Cual es su argumento?
- Como me esta impactando?.
De esta forma, tendrán más posibilidades de
evitar los efectos “subliminales” del mensaje,
cosa que no sería fácil de conseguir si la postura
fuera pasiva.
Hay que potenciar una actitud positiva hacia el análisis
crítico de la publicidad, y concienciar a
los niños y adolescentes que la publicidad siempre
trata de vendernos algo.
Para conseguir esa postura crítica habrá que
recordar a los alumnos que la publicidad trata de motivar
al consumidor, y. que, por eso, los anuncios suelen referirse
a:
- Satisfaccion de las necesidades fisiologicas.
- Promesas de aceptacion, carino e integracion en el grupo.
- Satisfaccion de necesidades de seguridad.
- Promesas de "status" socioeconomico de prestigio.
- Estimulo del lujo y confort.
- Reafirmacion de la autoestima.
- Sugerencias de dominio, exito y triunfo.
- Ofertas de independencia y autonomia
Este planteamiento induce al equivoco de que comprar y poseer
un producto lleva emparejada la felicidad, el amor, el prestigio,
el éxito, etc.
Los productos alimenticios ocupan el cuarto lugar en la inversión
total de todos los sectores publicitados, y, teniendo en cuenta
que los costes de publicidad, así como la mano de obra
o el envase lo paga el consumidor, podremos afirmar que la
publicidad puede encarecer un producto.
5.9. Bibliografía
ALONSO RIVAS J.: El comportamiento del consumidor. Una aproximación
teórica con estudios empíricos. Ministerio de
Sanidad y Consumo. Madrid, 1984.
El lugar de compra de los alimentos. Ministerio de Agricultura
Pesca y alimentación. Madrid, 1991.
Estudios sobre consumo, Nº 44, 45 y 46. I.N.C, 1998.
Guía del consumidor. Instituto Nacional de Consumo.
Madrid, 1984.
Juventud y Consumo. Ministerio de Sanidad y Consumo. Madrid,
1998.
La alimentación. Colección material didáctico.
Ministerio de Sanidad y Consumo. I.N.C, 1998.
La compra (Colección material didáctico). Ministerio
de Sanidad y Consumo. Madrid, 1993.
La compra. Guía didáctica para la educación
del consumidor. Palma de Mallorca. Direcció General
de Consum, 1991.
Taller de consumo de la Comunidad de Madrid, 1999.
5.10.Glosario de términos
Alimentos de diseño: Los que han sido procesados
y suplementados con ingredientes naturales ricos en sustancias
capaces de prevenir determinadas enfermedades: cereales enriquecidos
con fibras y ácido fólico.
Alimento transgénico: El originado a partir de un
organismo manipulado genéticamente. Tiene sus propias
características y se ha introducido información
genética modificada de su especie u otra.
Alimentos funcionales: Cualquier alimento modificado o ingrediente
que puede suministrar algún beneficio para la salud,
además de su contenido en nutrientes.
Alimentos light: Alimentos y bebidas de bajo contenido calórico.
Aditivos: Sustancias obtenidas por procesos químicos
que modifican determinadas cualidades de los alimentos para
dotarlos de una mayor duración. A los aditivos alimentarios
se les conoce también como “sustancias E”,
ya que a su número de identificación se antepone
la letra E asignada por la U.E.
Aspartamo: Edulcorante que no aporta calorías y está
indicado para diabéticos.
Conservantes: Sustancias que impiden alteraciones en los
alimentos debidas a la acción de microorganismos.
Colorantes: Sustancias utilizadas para colorear masas y superficies
de alimentos.
Espesantes: Sustancias que aumentan la viscosidad de los
alimentos.
Emulgentes y estabilizantes: Sustancias que añadidas
a los alimentos aseguran la homogeneidad y estabilidad de
productos que contienen sustancias no miscibles.
Antioxidantes: Su papel como aditivos es impedir el enranciamiento
natural del alimento por acción del aire, la luz y
el calor.
Fuente: Ministerio
de Sanidad y Consumo.
Esta guía ha sido elaborada en el Marco del Convenio
de Colaboración para fomentar la educación para
la salud en la escuela, suscrito entre los Ministerios del
Interior, de Educación y Cultura y de Sanidad y Consumo.
La Gestión de este convenio corresponde al Plan Nacional
sobre Drogas (Ministerio del Interior), al Centro de Investigación
y Documentación Educativa (Ministerio de Educación
y Cultura) y a la Subdirección de Epidemiología,
Promoción y Educación para la Salud de la Dirección
General de Salud Pública y Consumo (Ministerio de Sanidad
y Consumo).
Coordinación institucional
Elena González Briones
Begoña Merino Merino
Grupo de trabajo
Consuelo López Nomdedeu (Coordinadora)
Alejandro García Cuadra
Pilar Migallón Lopezosa
Ana María Pérez Coello
Concepción Ruiz Jarillo
Clotilde Vázquez Martínez
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