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CUESTIONES GENERALES SOBRE LA DETENCIÓN
Para introducir este tema de Derecho Penal
debemos decir que es una situación en la que puede
estar inmersa una persona y que no es agradable encontrarse
en ella.
Se plantean multitud de problemas que se
irán comentando en los correspondientes apartados,
en los que se tratará de explicar esta materia de
la forma más sencilla posible sin olvidarnos de las
palabras técnicas que no pueden evitarse.
¿QUÉ ES LA DETENCIÓN?
Se puede definir como una medida cautelar
de carácter personal que restringe el derecho fundamental
a la libertad deambulatoria del artículo 17.1 de
la Constitución (“Toda persona tiene derecho
a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado
de su libertad, sino con la observación de lo establecido
en este artículo y en los casos y en la forma prevista
en la ley) con el objeto de poner a una persona a disposición
de la autoridad judicial competente para la investigación
(que normalmente será el Juez de Instrucción,
salvo en los casos en los que la competencia de juzgar determinados
delitos corresponda a la Audiencia Nacional, que será
el Juez Central de Instrucción), o si se encuentra
en dicha situación, de resolver la misma, dejándola
sin efecto o dictar la prisión del detenido tras
una comparecencia entre el Ministerio Fiscal, Acusación
Particular, Abogado Defensor y el propio Juez de Instrucción,
si hay indicios racionales de que sea autor del hecho delictivo.
Con la detención se pierde la libertad
de movimientos cuando se va a imputar a una persona algún
hecho delictivo o con el fin de evitar su fuga. Además,
se debe realizar creando el menor perjuicio posible al patrimonio,
honor y a la propia persona, porque rige el principio de
presunción de inocencia.
El artículo 489 de la Ley de Enjuicionamiento
Criminal, que inicia el Capítulo II (DE LA DETENCIÓN),
Título II, Libro II, afirma que sólo los españoles
y los extranjeros pueden ser detenidos en los casos y en
la forma que las leyes prescriben.
FÉLIX DEL VALLE CHAMORRO. ABOGADO
DE SALAMANCA.
Nº DE COLEGIADO 2425.
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